Qué es la Extradición en Colombia

En la actualidad de nuestro país, la extradición ha tenido mucha relevancia, ya que, este trámite es común en lo concerniente a la lucha contra el narcotráfico, sin embargo la mayoría de ciudadanos colombianos no tienen conocimiento sobre estos trámites.

La extradición es un elemento jurídico consagrado en las leyes colombianas, el cual se encuentra enfocado en el apoyo o el respaldo ante la comunidad internacional, que tiene como fin que se pueda combatir el crimen, y disminuya en un alto porcentaje la impunidad.

La extradición en el derecho internacional tiene una amplia relación, debido a que  su aplicación se centra en lo dispuesto mediante tratados internacionales, de conformidad con el artículo 35 de la Constitución Política.

Mediante la extradición se solicita que una persona que cometió delitos en algún país extranjero, sea enviada y allí se realice el juzgamiento y la respectiva condena.

 

La extradición en el Código Penal

La extradición en el derecho penal, se encuentra reglamentada a través del Código de Procedimiento Penal, en el artículo 490, mediante el cual expresa que la extradición puede ser solicitada o concedida, en relación con lo plasmado en los tratados internacionales, solo podrán ser extraditados los colombianos que comentan delitos en otros países, y estos delitos sean tipos penales reconocidos en el Código Penal Colombiano.

La extradición no será procedente si es solicitada con fundamento en delitos políticos, así mismo, no podrán ser extraditables los colombianos que hayan cometido delitos previos a la fecha diecisiete de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

 

Tipos de extradición

En relación, a las situaciones que envuelven el trámite de la extradición, se pueden analizar desde diferentes tipos o clases extradición, tales como, activa, pasiva, en tránsito, diferida, reextradición o simplificada.

 

Extradición activa y pasiva

Podemos hablar de extradición activa, en el caso en que nuestro país sea quien la solicite enfocada en alcanzar la entrega de una persona que debe responder ante la justicia colombiana, a través de un estado a quien se le haga la petición.

Frente a la extradición pasiva, se materializa en el caso en que la justicia colombiana sea la llamada a enviar a una persona que está siendo prófuga de la justica por haber cometido delitos en otro estado y se encuentre en el territorio nacional.

 

La extradición en tránsito

Este tipo de extradición puede presentarse cuando en el traslado de la persona que está siendo extraditada, se necesita que pase por un estado que actúa como tercero, ya que, no es ni el que la solicita ni el que la entrega.

 

La extradición diferida

Se enmarca como un tipo de extradición en el cual el gobierno nacional cuenta con la potestad para decidir si se realiza la entrega de la persona requerida hasta el momento en que esta cumpla la condena o el proceso se dé por terminado mediante la preclusión.

 

La reextradición

Esta  forma consiste en que una persona sobre la cual ya se haya solicitado la extradición, y se encuentre bajo la jurisdicción de un estado, pero que posteriormente otro estado también la pida en extradición, con el fin de que sea judicializada en el territorio del país solicitante.

 

La extradición simplificada

En esta clase de extradición se abre la posibilidad de que la persona pedida de una manera libre y espontánea opte por  solicitar un trámite especial en acompañamiento de su defensor y el Ministerio público, en el cual se puedan ahorrar algunos pasos anteriores a la solicitud de un concepto ante la Corte Suprema de Justicia mediante la casación.

 

Requisitos y Trámites para la extradición

La clase de extradición que se lleva a cabo con más frecuencia es la pasiva, el trámite para este tipo es el siguiente:

  • Se inicia el trámite a través de una solicitud que se hace al Ministerio de Relaciones internacionales, en la cual se pide una captura provisional para que con ella se pueda llegar a la extradición, esta petición seguidamente es enviada al Fiscal General de la Nación.

 

  • Posteriormente, el Fiscal General de la Nación ordena la captura a partir del momento en tenga una solicitud formal para la extradición o antes si se cuenta con la plena identificación de la persona solicitada y ya existe una sentencia condenatoria en contra de la misma. El término para entregar una solicitud formal de extradición no puede exceder los sesenta días, ya que si se pasa de este término se puede dejar en libertad al capturado.

 

  • El paso siguiente esta en cabeza del Ministerio de Relaciones Internacionales, en el momento de tener en su poder la solicitud formal de extradición debe dar un concepto acerca de la normatividad aplicable y si es procedente.

 

  • A continuación, empieza la etapa judicial en la cual debe prevalecer el derecho de defensa del imputado, mediante apoderado o un defensor de oficio, es en este momento donde puede decidir si continuar con una extradición ordinaria o encaminarse por una extradición simplificada.

 

  • Si el imputado decide continuar mediante una extradición ordinaria contara con diez días para solicitar pruebas y otros diez días para allegarlas, después cinco días para realizar los alegatos, y vencidos estos términos será el despacho quien emita un concepto.

 

  • En el caso en que la persona solicitada en extradición decida acogerse a una simplificada, no contará con los términos anteriormente enunciados, sino que de inmediato pasara el caso a la sala de casación de la Corte Suprema de Justicia para que sean ellos quienes realicen el concepto en un término de veinte días.

 

La extradición de colombianos a Estados Unidos

La extradición de colombianos a Estados Unidos se encuentra reglamentada mediante un acuerdo que fue firmado el día catorce de septiembre de mil novecientos setenta y nueve, sin embargo este acuerdo ha sido estudiado por el Consejo de Estado y se le han realizado algunas modificaciones.

 

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Abogada de la Universidad Sergio Arboleda con énfasis en protección de derechos humanos y reparación de víctimas. Especialista en derecho procesal penal de la Universidad Externado de Colombia. Se ha desempeñado como funcionaria judicial en el ámbito penal. De igual forma, se desempeña como docente de procedimiento penal en su alma mater.

Abogada bilingüe de la Pontificia Universidad Javeriana con énfasis en Derechos Humanos y Justicia Social, especialista en Derecho de Familia de la Universidad Externado de Colombia. Así, ha participado en el trabajo de campo de la investigación ‘’Mujeres y prisión en Colombia: desafíos para la política criminal desde un enfoque de género” que se adelantó en este claustro y ha escrito artículos jurídicos para Lexir Colombia e Idealex.press. Asimismo, cuenta con una trayectoria laboral en empresas privadas y entidades públicas, tales como, el INPEC, ICBF, Secretaría Distrital de Gobierno y prestigiosas firmas de Bogotá, donde desarrolló amplias competencias en derecho procesal penal. Además, cuenta con gran capacitación en materia de conciliación extrajudicial certificada por la Cámara de Comercio de Bogotá.

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Abogado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en Ciencias Penales y Criminológicas del mismo claustro y Magister en Derecho con énfasis en Derecho Penal de la Universidad de los Andes. Así, ha adelantado la asesoría y representación en alrededor de 2000 casos penales como apoderado contractual, atendiendo personas naturales, y jurídicas nacionales y extranjeras con intereses en investigaciones y procesos judiciales en el área penal en Bogotá y todo Colombia.