Somos una firma especializada en derecho penal que presta sus servicios dentro de todo el territorio colombiano con una amplia disponibilidad temporal para atender casos urgentes las 24 horas del día en los 7 días de la semana. De igual forma, nuestro despacho y su extensa red de aliados prestan consultoría y representación legal en todas las areas del derecho.
La firma presta asesoría y representación a personas naturales (denunciante/victima o denunciado/indiciado) y personas jurídicas (comiso, suspensión de la personería jurídica y extinción de dominio) en la fase de indagación preliminar ante la Fiscalía General de la Nación. Asimismo, el despacho ejerce la representación de nuestros clientes en calidad de procesados (defensa) o víctimas (representante de víctimas) dentro de procesos judiciales que se desarrollen en todo el ámbito jurídico penal en Colombia.
Además, contamos con una extensa red de aliados, mediante los cuales prestamos consultoría y representación en todas las ramas del derecho en Colombia.
No, claramente elegimos nuestros clientes con base en nuestro manual de firma que se ajusta íntegramente a la Constitución Política de 1991, Bloque de Constitucionalidad, Legislación Nacional y Praxis Judicial. Concretamente, aceptamos casos que cumplan o tengan las siguientes condiciones:
–Trascendencia jurídica para el país.
–Buena fe legal del cliente en la ejecución contractual (Art. 1603 del Código Civil).
–Presupuesto conforme a los estándares generales y especiales de CONALBOS.
–Principios de Justicia, Verdad, Reparación y Oportunidad.
Sin lugar a duda, nos distingue el absoluto compromiso y la total diligencia con la que adelantamos todas las gestiones profesionales que nos encargan nuestros clientes. De igual manera, nuestra metodología de fases y objetivos en derecho penal nos permite lograr resultados exitosos en cada caso, garantizando siempre el cumplimiento de la lex artis (alto grado de calidad profesional exigible por el cliente) y una alta probabilidad de lograr los objetivos planteados dentro de nuestros conceptos.
Sí, no tenemos ningún tipo de excepción. Ahora bien, el caso será aceptado por el despacho, siempre y cuando cumpla los criterios enunciados en el punto tres (3).
Contamos con un equipo de 25 abogados penalistas entre integrantes del despacho y aliados en todo Colombia, quienes cuentan con perfiles caracterizados por la excelencia académica, integridad ética y experiencia profesional relevante dentro del litigio jurídico penal colombiano. Así, los perfiles se encuentran publicados en nuestros diferentes canales institucionales.
No, ningún servicio en nuestro portafolio se ofrece de manera gratuita. No prestamos consultas gratis en ninguna modalidad. Tampoco hacemos parte de la fundación probono por el momento.
Antes de contactarnos, debes tener en cuenta:
–Los canales de contacto institucional únicamente se encuentran destinados para cotizaciones o requerimientos pertinentes de otra índole. Aquí encuentras la información de contacto.
–Todos los asesores cotizantes son abogados penalistas.
–Todos nuestros precios se ajustan a los estándares generales y especiales de CONALBOS (Corporación Colegio Nacional de Abogados).
–Las cotizaciones se entregan únicamente a través de los canales de contacto virtuales y telefónicos dispuestos por la firma. El despacho únicamente se reúne para la prestación de servicios (clientes).
–No se responden mensajes irrespetuosos, confusos, redundantes o que soliciten información de temas del servicio.
La firma y el cliente acuerdan el objeto contractual y sus condiciones relacionadas, el precio, la forma de pago y las notificaciones cuando se elabore un contrato, sin embargo, las demás clausulas en todos los contratos que celebra el despacho son de adhesión, dado que, se basan en la legislación nacional pertinente y en estándares de calidad ineludibles, tendientes a garantizar diligencia.
La entrega del contrato y poder al cliente puede ser virtual a través del medio de contacto señalado por aquel, o presencial en nuestras sedes ubicadas en Bogotá, Cali y Medellín, salvo que por la naturaleza del caso no haya posibilidad de elegir. El cliente elige la forma de entrega. Luego, deberá remitir el contrato y el poder (ver punto 12) suscritos de manera física a nuestras instalaciones y virtual a nuestro correo institucional.
No es necesario autenticarlo, no obstante, si se trata de gestiones de alta complejidad y mayor cuantía si es recomendable, por tanto, las partes pueden acordar la autenticación del contrato de prestación de servicios legales sin ningún impedimento.
El despacho le indicará al cliente si es necesario la autenticación del poder dentro del correo electrónico donde se le remita, o se le orientará personalmente sobre este aspecto si la entrega del poder se le realiza de manera presencial en alguna de nuestras sedes. Si el cliente se encuentra en el extranjero (residente o turista), podrá autenticar los documentos en la embajada o consulado más cercano a su residencia. Posteriormente, deberá remitirlos en el modo expuesto en el punto 10.
En ese sentido, la firma tiene en cuenta las reglas facultativas de apoderamiento establecidas por el articulo 5 del Decreto 806 de 2020 y el articulo 5 la Ley 2213 de 2022, no obstante, debido a la praxis judicial y las dinámicas especificas de la actividad del litigio, el despacho podrá sugerir al cliente la autenticación tradicional ante Notaría Pública. Si bien la nueva legislación de apoderamiento a través de las nuevas tecnologías de la información es bastante útil, no existe un consenso absoluto sobre su interpretación respecto al otorgamiento de poderes de personas naturales y jurídicas con residencia nacional o extranjera.
La firma maneja diferentes medios de pago, a saber, principalmente cuenta de ahorros empresarial del grupo Bancolombia, cuyos datos exactos se le indican al cliente dentro de la cláusula respectiva del contrato. De igual modo, maneja todos los pagos virtuales de consultas y servicios de asistencia inmediata a través de la plataforma de pago electrónica Mercado Pago, cuyos enlaces son suministrados por nuestros asesores.
Nos apegamos de manera estricta a lo que indica el Estatuto del Consumidor en Colombia (Ley 1480 de 2011). En ese sentido, se recomienda a los cotizantes analizar el modo en que se va a ejecutar el contrato antes de suscribirlo, en razón a que, los contratos cuya ejecución en la consultoría y representación sea iniciada o su ejecución sea instantánea, no son objeto del derecho de retractación amparado por el artículo 47 que consagra este estatuto. El agendamiento de tiempo profesional por parte del cliente, se considera un acto ejecutivo del servicio.
Sí, de acuerdo con el artículo 28 de la ley 1123 de 2007 tenemos la obligación de entregar recibo cada vez que percibimos dineros en nuestras gestiones profesionales. El paz y salvo debe solicitarse por los clientes directamente al correo institucional con la descripción clara en el asunto. Así, será entregado en los medios de notificación contractuales señalados por los clientes dentro de un lapso de 3 días hábiles, salvo excepciones por urgencia manifiesta.
Los cotizantes, clientes y todas las personas interesadas pueden realizar preguntas, interponer quejas, reclamos y sugerencias ante la firma, a través del correo institucional o nuestro Whatsapp corporativo. Las PQRS deben ser respetuosas y claras para ser trasladas al departamento pertinente de la firma que deba responderla. El mensaje de datos debe contener en el asunto PQRS. Los mensajes que soliciten consultoría gratuita a través de PQRS no se responden.
Sí, ejercemos la defensa de extraditables en Colombia con colaboración de firmas extranjeras aliadas en Estados Unidos y Europa. Contamos con un equipo de Abogados Especialistas en Extradición. Empero, los casos de extradiciones en Colombia deben cumplir los mismos requisitos señalados en el numeral 3.
Por supuesto que sí, salvo los casos que la Constitución Política de 1991 lo prohíba, por ende, se recomienda ver toda la información sobre este importante punto en el siguiente enlace institucional.
No, en ninguna manera. La firma no tiene filiación política o partidista de ninguna clase, ni ejerce militancia o proselitismo político a través de su despacho, lo cual no implica que podamos limitar u obstaculizar los derechos políticos de las personas que laboran con nuestra compañía. De esta manera, tenemos imparcialidad, y la posibilidad de realizar juicios de valoración y ponderación adecuados en cada uno de nuestros casos e investigaciones. Así, defendemos de manera irrestricta los postulados del Estado Social y Democrático de Derecho, ante la personificación de cualquier gobierno en Colombia.
Se recomienda ver toda la información sobre este importante punto en el siguiente enlace institucional de la firma.
El canal adecuado y exclusivo para este propósito es nuestro correo institucional describiendo concretamente en el asunto el tipo de solicitud y a que área pretende dirigirlo dentro de la firma.
La firma recibe y valora todos los currículos profesionales que nos aportan, especialmente aquellos relacionados con el derecho penal. De esta manera, cuando nos encontramos en algún proceso de selección laboral o contractual, tenemos en cuenta con prelación los mejores perfiles. Igualmente, revisamos toda oferta profesional o alianza en derecho penal, brindando respuesta con concreción y brevedad. Las demás propuestas comerciales y profesionales que se alleguen, únicamente se responderán si existe interés de la Firma.
Únicamente si es persona jurídica y se encuentra interesado en adquirir algún portafolio de inversión con nuestra compañía, puede escribirnos a nuestro correo institucional con el asunto “SOLICITUD DE INVERSIÓN”. Allí el área encargada le indicará los pasos a seguir luego de un proceso de verificación de identidad corporativa.
Abogada de la Universidad Sergio Arboleda con énfasis en protección de derechos humanos y reparación de víctimas. Especialista en derecho procesal penal de la Universidad Externado de Colombia. Se ha desempeñado como funcionaria judicial en el ámbito penal. De igual forma, se desempeña como docente de procedimiento penal en su alma mater.
Abogada bilingüe de la Pontificia Universidad Javeriana con énfasis en Derechos Humanos y Justicia Social, especialista en Derecho de Familia de la Universidad Externado de Colombia. Así, ha participado en el trabajo de campo de la investigación ‘’Mujeres y prisión en Colombia: desafíos para la política criminal desde un enfoque de género” que se adelantó en este claustro y ha escrito artículos jurídicos para Lexir Colombia e Idealex.press. Asimismo, cuenta con una trayectoria laboral en empresas privadas y entidades públicas, tales como, el INPEC, ICBF, Secretaría Distrital de Gobierno y prestigiosas firmas de Bogotá, donde desarrolló amplias competencias en derecho procesal penal. Además, cuenta con gran capacitación en materia de conciliación extrajudicial certificada por la Cámara de Comercio de Bogotá.
Abogado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en Ciencias Penales y Criminológicas del mismo claustro y Magister en Derecho con énfasis en Derecho Penal de la Universidad de los Andes. Así, ha adelantado la asesoría y representación en alrededor de 2000 casos penales como apoderado contractual, atendiendo personas naturales, y jurídicas nacionales y extranjeras con intereses en investigaciones y procesos judiciales en el área penal en Bogotá y todo Colombia.