Qué es la Falsedad en Documento Público y Privado

La falsedad en documento público según el código penal, en los artículos 286,287 y 288 se contempla este delito clasificándolo en tres posibles formas de llevarlo a cabo.

La falsedad ideológica en documento público, es cuando un servidor público en ocasión del cumplimiento de sus funciones manipule un documento que puede servir de prueba allegando falsedades, ocultando parte de la verdad o todo la verdad.

La falsedad material en documento público, se presenta cuando cualquier ciudadano falsifique un documento que pueda llegar a convertirse en una prueba.

La  obtención de documento público falso se produce cuando un individuo que tiene necesidad de utilizar un documento público que pueda llegar a servir  de prueba, induce o logra que un servidor público introduzca información falsa total o parcialmente dentro del documento.

EL documento público es el que es concedido por un funcionario público en el ejercicio de las funciones relacionadas con su cargo,  en este documento debe ser  debe haber intervenido, haberlo firmado o haberlo elaborado dicho funcionario, se supone que estos documentos contienen total veracidad y honestidad, por lo tanto la falsificación de los mismos, es un delito ampliamente sancionado.

 

Falsedad ideológica en documento público

La falsedad ideológica en documento público, se encuentra señalada en el artículo 286 del Código Penal Colombiano y establece una condena entre 64 y 144 meses de prisión y la inhabilidad para ejercer funciones públicas por un periodo entre 80 y 180 meses,  este delito consiste en la falsedad de un documento en si o de algunos de los datos contenidos en él,  por parte de un servidor público, esto en razón de las funciones y los deberes a los cuales se compromete un servidor público en el desarrollo de sus funciones,  obligándose siempre a acatar la ley y actuar con honestidad.

En estos casos la sanción se hace en vista de la mala fe o la falta de verdad consignada en un documento oficial, el cual se solicita con el fin de probar o dar certeza sobre un supuesto, la falsedad de este documento puede desencadenar un delito mayor.

 

Falsedad material en documento público

La falsedad material en documento público, está señalada en el Código Penal Colombiano mediante el artículo 287, la sanción para este delito consta de 48 a 108 meses de privación de la libertad, este delito tiene directa relación con la falsedad ideológica en documento público, toda vez que consiste en aportar falsedad en un documento que sirva como prueba, pero en este supuesto la conducta es realizada por cualquier ciudadano no necesariamente tiene que ser ejecutada por un servidor público.

La gravedad de este delito radica en la mala fe y el dolo con que se desarrolla la conducta punible, en diferentes circunstancias se puede incurrir en este delito, por ejemplo cuando se altera un documento verdadero y se usan los símbolos de autenticidad para llevar a cabo la conducta, otra caso en el que puede pasar es cuando hay falsificación o suplantación de firma en un documento público, cuando la falsedad en el documento público pueda generar un perjuicio.

Adicionalmente, se tiene que al cometer fraude en documento público, pierde la veracidad que le dio su autor en el momento de crearlo, en el caso de modificar un documento de antemano debe existir un documento en el cual este consignada la verdad.

 

Implicaciones de la obtención de un documento público falso

La obtención de un documento público falso se encuentra consagrada en el artículo 288, este delito tiene una sanción de 48 a 108 meses de privación de la libertad, se trata de influenciar o coaccionar a un servidor público para que en el ejercicio de sus funciones entregue a algún particular un documento público que contenga falsedad, el cual pueda servir como prueba.

Este delito tiene relación o similitud con el fraude procesal, refiriéndose este a quien induzca a servidor público por medios fraudulentos a realizar un acto administrativo o una sentencia favorable.

Sin embargo, la obtención de un documento público falso está centrada en obtener un documento que pueda servir de prueba para tener un beneficio como podría ser acreditar ser merecedor de un subsidio o reducir el pago de un impuesto entre otras situaciones y posiblemente para la materialización de este delito se ofrezca un trato económico con el servidor público el cual actúa de mala fe en el ejercicio de sus funciones, mientras que el fraude procesal se encuentra encaminado a  fines donde posiblemente se encuentre un mayor beneficio como cuando a través de la realización de esta conducta punible se obtiene una sentencia o un acto administrativo favorable.

Estos delitos se ven con frecuencia en la actualidad, tal vez al ser cotidianos y llevados por la costumbre, se considere que no son tipo penales, los cuales se encuentran en el Código Penal y han sido ampliamente estudiados en la jurisprudencia, en tal razón la ejecución de estos delitos por simple o mínima que sea tiene consecuencias, tiene sanciones que no son dóciles, por lo tanto antes de allegar cualquier dato falso en el ingreso a un empleo, la solicitud de una beca o un préstamo, al pedir una licencia de construcción, una pensión, entre otras diversas situaciones se debe tener en cuenta todo lo que puede desencadenar aportar un dato o documento falso.

El despacho de Asesoría Penal 24/7 cuenta con abogados expertos en defensas por los delitos de Falsedad en Documento Público y Falsedad en Documento Privado en Colombia. De esta manera, si se encuentra investigado o procesado por estos delitos contáctenos inmediatamente, podemos prestarle consultoría y representación judicial integral para el cumplimiento de los objetivos más favorables en su caso. 

 

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Abogada de la Universidad Sergio Arboleda con énfasis en protección de derechos humanos y reparación de víctimas. Especialista en derecho procesal penal de la Universidad Externado de Colombia. Se ha desempeñado como funcionaria judicial en el ámbito penal. De igual forma, se desempeña como docente de procedimiento penal en su alma mater.

Abogada bilingüe de la Pontificia Universidad Javeriana con énfasis en Derechos Humanos y Justicia Social, especialista en Derecho de Familia de la Universidad Externado de Colombia. Ha participado en el trabajo de campo de la investigación ‘’Mujeres y prisión en Colombia: desafíos para la política criminal desde un enfoque de género” que se adelantó en este claustro y ha escrito artículo jurídicos para Lexir Colombia e Idealex.press. Asimismo, cuenta con una trayectoria laboral en empresas privadas y entidades públicas, tales como, INPEC, ICBF, Secretaría Distrital de Gobierno y prestigiosas firmas de Bogotá, donde desarrolló amplias competencias en derecho procesal penal. Además, cuenta con gran capacitación en materia de conciliación extrajudicial certificada por la Cámara de Comercio de Bogotá.

Abogado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en Ciencias Penales y Criminológicas del mismo claustro y Magister en Derecho con énfasis en Derecho Penal de la Universidad de los Andes. Ha adelantado la asesoría y representación en alrededor de 2000 casos penales como apoderado contractual, atendiendo personas naturales, y jurídicas nacionales y extranjeras con intereses en investigaciones y procesos judiciales en el área penal en Bogotá y todo Colombia.